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LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA, EN UN JUICIO DE DIVORCIO.

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LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA, EN UN JUICIO DE DIVORCIO.

DISOLUCIÓN LEGAL DEL MATRIMONIO

En un proceso de divorcio, se ventila en la mayoría de los casos, la ACCIÓN DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA.

Esta será típicamente en un contexto de desesperación hoy divorcio en otro país, y lo que pretende esta acción es compensar a uno de los cónyuges por los desequilibrios económicos y generados durante el matrimonio ó a su término

Este tipo de compensación está reconocida en diversas legislaciones incluyendo Chile. La ley de Matrimonio Civil, contempla esta figura. 

COMO PRUEBO MENOSCABO POR CAUSA DEL MATRIMONIO?

En general la prueba debe acreditar lo siguiente: 

La existencia de desequilibrio económico. Es necesario probar que el término del matrimonio genera un desequilibrio significativo en la situación económica de uno de los cónyuges y que beneficia a uno, en detrimento del otro.

Ocurre que cuando la pareja decide unirse en matrimonio, lo hace, pensando en la construcción de un proyecto de vida, una estructura que proporcione seguridad a ambos cónyuges hasta el final de sus días.  Así, la mujer, conociendo que el proyecto es común, y que es parte y beneficiaria de éste, dedica sus esfuerzos al cuidado del hogar y de la familia, dejando de lado, total o parcialmente su desarrollo laboral y/o profesional.

Mientras exista el matrimonio, ella se encontrará amparada en la institución; su cónyuge podrá desarrollar la actividad económica y académica, con mayor libertad, y casi absoluta, si su compañera se aboca al cuidado y atención de sus hijos y del hogar. El será el proveedor, para ambos y para la familia en común, de los recursos necesarios para sustentar el hogar procurando el crecimiento y seguridad de su familia. Así, al momento de la jubilación del cónyuge, la cónyuge que se dedicó por entero al hogar, podrá beneficiarse junto a su marido, de lo que ambos aportaron.

Sin embargo, al término del matrimonio por divorcio, el aporte de la mujer se convierte en un sacrificio pues, los bienes adquiridos durante el matrimonio, sobre todo en regímenes patrimoniales de separación de bienes, pertenecerán al cónyuge que trabajó en una actividad remunerada durante el matrimonio. Y la pensión por jubilación que él reciba, también le pertenecerá exclusivamente, además del régimen de salud que por causa del matrimonio poseía la cónyuge, que también pierde.

Así las cosas , si ella dejó de ejercer su profesión u oficio durante el matrimonio , o lo ejerció en menor medida de lo que podía y quería por dedicarse al cuidado del hogar y de los hijos, ese aporte, pasa a ser un sacrificio no compensado. Pues finalmente no podrá gozar de la seguridad que en un principio, cuando contrajo matrimonio, se veía, posible 

Lo anterior, es especialmente relevante, cuando la mujer o el cónyuge que sufre menoscabo, se encuentra ya en  una edad, en la que no le es posible acceder al mercado laboral en las mismas condiciones en que pudiere hubiera podido hacerlo al principio del matrimonio.

 La contribución a los labores del hogar y cuidado de los hijos .

Se debe mostrar como uno de los cónyuges  se dedicó al cuidado del hogar y de los hijos, lo cual puede haber limitado su capacidad para desarrollarse profesionalmente o acumular un patrimonio independiente. 

Sacrificio de oportunidades. 

Se debe evidenciar que uno de los cónyuges sacrificó oportunidades de desarrollo personal, educativo o laboral por el bien de la familia o,  para potenciar la carrera del otro cónyuge

Duración del matrimonio y régimen patrimonial. 

La duración del matrimonio y el régimen patrimonial bajo el cual los cónyuges se encuentran,  esto es comunidad de bienes o separación de bienes; lo anterior puede influir en la determinación y cuantía de la compensación. 

Situación económica de ambos cónyuges, incluyendo ingresos, patrimonio, capacidad de generar ingresos futuros, y necesidades, al término del matrimonio.

Prueba

Ingresos declaraciones de impuestos comprobantes de propiedad y deudas

Testimonios: De familiares amigos que puedan dar fe del rol y contribuciones de cada cónyuge durante el matrimonio.

Peritajes: informes de expertos en economía psicología o trabajo social que puedan evaluar el impacto del matrimonio en las oportunidades situación económica de los cónyuges.

Es determinante contar con la asesoría legal especializada en derecho de familia para preparar adecuadamente la solicitud de compensación económica asegurando que se presenten todas las pruebas pertinentes de manera efectiva y acorde a la legislación aplicable.

En caso acuerdo de divorcio, debe considerarse la división de los bienes, la custodia de los hijos, las pensiones alimenticias y, el régimen de visitas, o de regulación directa y regular de relación de los padres con los hijos.

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